
El presente trabajo tiene como propósito establecer por qué las infancias sin familias y el Programa Nacional de Familias de Acogida implementado en Acapulco desde el 2022, no logran coordinarse para cumplir con su objetivo central “que las familias pertenecientes al programa, acojan en su seno a niñas y niños sin familia”, en este marco, se buscó identificar y describir las causas legales, sociales e institucionales que impiden que las infancias sin familias accedan a familias temporales con el propósito de garantizarles este derecho y proponer una legislación que cubra los vacíos legales que impiden u obstaculizan que las infancias sin familias accedan a este derecho. Se teoriza que las violencias que viven los acapulqueñas/as delimitan las capacidades estatales construidas para atender a la infancia afectada por este fenómeno social. Las metodologías de investigación seleccionadas fueron de carácter cuantitativo y cualitativa. Se aplicaron dos técnicas de acopio de la información: La encuesta y las entrevistas semiestructuradas. El arco de tiempo analizado va del 2021 al 2023, periodo en el que se inició la última administración municipal en el puerto de Acapulco de Juárez.
The purpose of this work is to establish why childhoods without families and the National Foster Family Program, implemented in Acapulco since 2022, fail to coordinate to meet their central objective: That the families belonging to the program shelter in their breast-feeding girls and boys without families. Within this framework, we sought to identify and describe the legal, social and institutional causes that prevent children without families from accessing temporary families with the purpose of guaranteeing this right and propose legislation that covers the legal gaps that prevent or hinder children from without families accessing this right. It is theorized that the violence experienced by Acapulqueñas delimits the state capacities built to care for children affected by this social phenomenon. The selected research methodologies were qualitative and legal analysis of the federal civil code and state laws that regulate the figure of temporary family foster care. The period analyzed is from 2021 to 2023, the period in which the last municipal administration began.
En los últimos años hemos sido testigos de la desintegración paulatina de lo que entendíamos por Estado en términos coloquiales y el desajuste de las instituciones de la modernidad política para proveernos de certidumbres y bienes públicos que ya creíamos irreversibles e instalados como realidades ciertas de nuestras vidas cotidianas. El Estado en muchos territorios subnacionales (entidades federativas y municipios) ha dejado de cumplir sus funciones básicas (seguridad pública, estado de derecho, garante de las garantías constitucionales), el Estado hoy en día, el Estado es una institución ausente, fracturada, mutilado y en franca retirada en muchos territorios rurales y urbanos del Estado de Guerrero, así la máxima weberiana no se puede ocupar en el caso referido:
Estado es aquella comunidad humana que, dentro de un determinado territorio (el «territorio» es elemento distintivo), reclama (con éxito) para sí el monopolio de la violencia física legítima (Weber, 1996: 83).
A esta primera definición del padre de la sociología alemana le seguirán otras reflexiones en la misma dirección, destacando de entre todas ellas la siguiente conceptualización, la cual, si bien sigue en la misma dirección, le da más claridad y contundencia teórica a la idea de Estado:
una asociación de dominación debe llamarse asociación política cuando y en la medida en que su existencia y la validez de sus ordenaciones, dentro de un ámbito geográfico determinado, estén garantizados de un modo continuo por la amenaza y aplicación de la fuerza física por parte de su cuadro administrativo. Por estado debe entender un instituto político de actividad continuada, cuando y en la medida en que su cuadro administrativo mantenga con éxito la pretensión al monopolio legítimo de la coacción física para el mantenimiento del orden vigente. Dícese de una acción que está políticamente orientada cuando y en la medida en que tiende a influir en la dirección de una asociación política; en especial a la apropiación o expropiación, a la nueva distribución o atribución de los poderes gubernamentales. (Weber, 2002: 43- 44).
En el caso del Estado de Guerrero, la realidad es abrumadora, el Estado cómo institución política ya no tiene el monopolio exclusivo de la violencia, según datos periodísticos recientes, el proceso político territorial de las distintas empresas del crimen organizado es tan profundo que ya son capaces de llegar a acuerdos políticos entre sus pares, al respecto, el Sacerdote, José Filiberto Velázquez Florencio, director del Centro de Derechos de las Víctimas de Violencia Minerva Bello del Estado de Guerrero, describe la construcción de una tregua entre dos de los grupos criminales: Los Tlacos y los Ardillos:
El activista aceptó que él fue artífice del acuerdo que se logró el martes pasado entre dichos grupos criminales para terminar con la confrontación que dejó varias personas muertas, vehículos incendiados y un paro de transportistas en la zona centro de Guerrero de varios días. Sostuvo: que yo sepa ellos mismos (los líderes delincuenciales) tuvieron esta iniciativa; no era presión que viniera del presidente Andrés Manuel López Obrador, o por las renuncias del secretario de Seguridad Pública (Evelio Méndez), o la separación temporal de la fiscal Sandra Luz Valdovinos al cargo; esto fue ajeno a lo que está pasando en la cuestión política. (Ocampo, 2024).
Como se lee con claridad, en este caso las instituciones políticas ni siquiera contaron, en una situación de guerra entre ambos grupos, los dirigentes de estas bandas criminales, buscaron la mediación de la Iglesia Católica para gestionar una tregua hasta después del 2 de junio, día en el que se celebraran las elecciones generales en México, al respecto:
En conferencia de prensa, José Filiberto Velázquez mencionó: esto sentó un precedente para los sacerdotes y el obispo actual, José de Jesús González, de cuál es el papel de la Iglesia en esta situación de macrocriminalidad que vivimos en Guerrero, que afecta a toda la base social de la Iglesia, que es el pueblo creyente. Consideró que no es difícil encontrar o conocer a los delincuentes, pues “trabajamos en sus territorios y ellos han pasado por las iglesias, por las escuelas y por la vida común de los pueblos. Por mi trabajo, yo estuve en Chilapa y cuando ingresé esta diócesis, pasé por Tixtla, y también con mi trabajo en la Normal de Ayotzinapa, pues son controlados por Los Ardillos, y muchas veces ellos participan en la vida, y ritual de fiesta de los pueblos de esta región”. Agregó que los dirigentes delictivos se reclamaron lo que tenían que hacerse, y al final acordaron no afectar sus intereses; los negocios que tienen en la ciudad, la distribución de pollo, carne, cerveza, Coca-Cola, y demás negocios lícitos; es una realidad más allá de las ganancias por la venta de drogas; ellos manejan clubes nocturnos, bares, y el transporte, hay también ganancias. (Ibídem, Ocampo, 2024)
En la entrevista, el sacerdote describió la construcción de la genealogía del poder criminal en Guerrero que ya es de carácter estructural:
El director del centro Minerva Bello aseguró que el poder de los dos grupos empieza por la asignación de los secretarios de seguridad publica municipales, para controlar territorios. “De ahí vienen los demás cargos; las regidurías y los contratos de obra pública. Al final la maquinaria es de cada grupo, aparecen como empresarios de la construcción, de los comercios; se apropian del presupuesto del municipio imponiendo sus empresas y concesiones; entre más municipios tengan, más recursos llegan. Otro ingreso a la delincuencia viene de las minas por la maquinaria, los sindicatos, las cuotas a las nóminas de los trabajadores; y no es que el crimen organizado tenga interés en explotarlas, porque no tienen la tecnología ni el conocimiento, pero sí aprovechan toda la industria que se genera alrededor. (Óp., Cit., Ocampo, 2024).
¿Qué hacer ante esta cruda realidad? La respuesta es obvia: Reconstruir al Estado que fue perforado por las lógicas neoliberales y ello implica reconfigurar sus capacidades estatales:
cuando hablamos de las capacidades de los Estados nos referimos a su habilidad “para implementar los objetivos oficiales, especialmente por encima de la oposición real o potencial de grupos sociales poderosos o de cara a circunstancias socioeconómicas recalcitrantes”. Ahora bien, antes de profundizar sobre las capacidades estatales, debemos establecer cuáles son las condiciones mínimas que las hacen posible. Skocpol señala al menos las tres siguientes: 1) integridad soberana y control administrativo-militar estable sobre el territorio; 2) funcionarios calificados y leales, y 3) plenitud de recursos económicos (Skocpol, 1985: 16-17, en: Lazcano, 2019: 4).
Desde esta perspectiva es desde dónde se puede reflexionar sobre las condiciones actuales del Estado en México, lo descrito anteriormente nos habla de una institución fallida, disminuida o perforada, pero el origen de esta situación no es el crimen organizado (el cual es consecuencia de un proceso macro), la causa de todo este debilitamiento del Estado se originaron las diversas reformas del Estado des una lógica neoliberal que terminaron por colapsar al Estado y dejarlo en situación “zombi”, en dónde no caminaba racionalmente y la perdida de sus capacidades estatales abrió la puerta a diversos poderes facticos que generaron profundas daños sociales en el tejido social que fueron la causa, por ejemplo del incremento de mayores porcentajes de las poblaciones de niñas y niños en situación de orfandad, es decir de infancias sin familias y en consecuencia un desajuste entre la realidad, las normas legales y las políticas públicas:
Ver Gráfico 1. ¿Existen normas legales que impidan que sirva el sistema de acogida temporal?

Cómo podemos observar en el gráfico anterior se observa que los expertos y una parte de la opinión pública de nuestros encuestados sostienen (28%), que hay un desajuste entre la normatividad legal y el programa de familias de acogida, debido a que no permiten su implementación, sin embargo, al indagar de una manera más profunda una de nuestras entrevistadas con conocimiento del tema en términos legales señaló:
La normatividad internacional, federal y estatal que defiende y regula los derechos de las infancias y específicamente el derecho de las infancias a tener familias, es muy difícil de aplicar por tres razones: La realidad de la violencia supera a la normatividad; el Estado no tiene presencia real en las zonas dominadas por el crimen organizado y finalmente las reformas del Estado abrieron hoyos negros en el entramado normativo y reglamentario que no solo hacen difícil su aplicación sino incluso impiden su difusión (Entrevista Nro. 2).
Volviendo al tema del Estado, tenemos que abordar su legitimidad, es muy endeble y en estas condiciones no es capaz de generar bienes públicos como el estado de derecho, la seguridad pública y procesos más complejos se deterioran de forma alarmante frente a nuestros ojos e incluso el derecho a la vida termina por corromperse frente a una realidad difícil de controlar y que es desbordada por múltiples procesos que la perforan por múltiples frentes, ante ello otra especialista señaló:
Las múltiples violencias presentes han desbordado las instituciones políticas que construimos para dotarnos de leyes, reglas, normas y procedimientos que regularan nuestros actos de convivencia cotidianas, hoy en día nos encontramos ante una realidad contundente: Nuestra sociedad está siendo sitiada por poderes facticos que afectan de forma contundente nuestras vidas cotidianas y que nos imponen mediante diversas violencias seccionales su voluntad por encima incluso del estado de derecho vigente: ¿Qué significa el cobro de piso que nos cobran los miembros del crimen organizado para poder trabajar, transitar o producir alguna actividad lucrativa. ¿qué impacto tiene todo este proceso de violencias e inestabilidades en los derechos de la infancia? ¿puedes hacer algo el estado mexicano para garantizar el desenvolvimiento y reproducción de instituciones tutelares de la infancia como la familia en un contorno social y político dominado por el crimen organizado? ¿cómo garantizar los derechos de las infancias cuando ni siquiera hay estado de derecho? (Entrevista N° 1).
En esta perspectiva, distintos autores nos hablan de la crisis de la modernidad y de sus instituciones políticas derivadas del despliegue histórico del neoliberalismo en sus últimos cincuenta años (Pico y García, 1993; Berger y Luckman, 1997; Bauman, 2002; Bourguignon, 2015 y Touraine, 2016; Gálvez y Luque, 2019, Luque y Hernández, 2022; Pérez, 2022; Tavares y Barreira, 2022; Rojas, 2022), la hipótesis de fondo de los autores citados, converge en la necesidad de comprender el impacto de la hegemonía del neoliberalismo en las instituciones de la modernidad política que antaño y aun hoy parcialmente nos proveían y nos proveen de orden político, en este sentido:
El Estado posee el monopolio de la fuerza legítima que permite mantener el orden legal. Pero está visión queda hoy en día anticuada, sobre todo si se tiene en cuenta que en las sociedades más complejas la fuerza del Estado es sólo uno de los diversos medios de control social existentes (Pico y García, 1993: 346).
¿Cuáles son los diversos medios de control que existentes que le disputan al Estado el control político en nuestras sociedades? Una respuesta la encontramos en el concepto: Los poderes fácticos, los poderes facticos son organizaciones informales que tienen el monopolio ilegitimo e ilegal en un territorio determinado y ejercen sobre el diversos medios de control social existentes (Gálvez y Luque, 2019), en esta perspectiva, uno de dichos medios es el control territorial que ejercen organizaciones del crimen organizado sobre la ciudad de Acapulco y que los posibilita a cobrar derecho de piso, extorsionar a los pobladores de dichos territorios, todo ello en una lógica capitalista chupacabras, el cual:
Es el encuentro entre el capitalismo institucional y el capitalismo delincuencial (…) Los carteles del crimen organizado comprendieron que los beneficios que podían extraer de los migrantes no se limitan a su trabajo, sino que estos se extiendan a sus propios cuerpos. La vida humana se transformó en una mercancía más sometida a los rigores de la oferta de los mercados (legales o ilegales) y se naturalizó la violencia ejercida por los carteles del crimen organizado contra migrantes indefensos. Ante ello toda posibilidad de recurrir al estado de derecho se diluyó en la catástrofe de los derechos humanos, en los miles de desaparecidos y en los que menos cuentan, porque no son contados y han sido abandonados por sus estados (Gálvez y Luque, 2019: 113).
Estamos entonces ante una sociedad sitiada por los poderes fácticos antes señalados y que en términos empíricos podemos mostrar a los carteles del crimen organizado, poderes que tienen control territorial y que incluso han sido capaces de crear narco cultura que los dota de cierta legitimidad que refuerza su producción social y política, en esta lógica:
Podría decirse que el poder de hacer y deshacer, de alterar y reformular las condiciones de la vida humana ha abandonado los puestos de control del Estado-nación, al haber sido arrastrado más allá de los límites del territorio soberano del Estado y más allá del alcance de la soberanía estatal: ha quedado encerrado en los maletines de la elite extraterritorial y transnacional (o, como con suma autocomplacencia gusta en llamarse, "rnulticultural"). La desaparición del Estado-nación coincide y se confunde con la expropiación de las antiguas elites culturales, y con la secesión de una nueva elite global cada vez más poderosa justamente por ser global: una elite que ya no está arraigada ni atada a ninguna de las entidades políticas nominalmente soberanas (Bauman, 2002, 282).
El derecho de las infancias a tener familias en Acapulco
Es en este escenario en dónde se instaló la presente investigación que trata sobre el derecho de las infancias a tener familias. En un escenario social y político en dónde todo lo sólido se desvanece en el aire, en este sentido, consideramos de utilidad estratégica para la presente indagación explorar un programa específico: El Programa Nacional de Familias de Acogida y su funcionamiento específico en la Ciudad de Acapulco, el período de indagación cubrió los años 2020 al 2023. Las razones fueron las siguientes: La llegada del virus Covid-19 y el inicio de la nueva administración municipal en Acapulco. Para iniciar con nuestra exposición, necesitamos argumentar su importancia a partir de datos concretos y el Censo Nacional del 2020, realizado, es una importante base de datos estadísticos que nos ofrece información demográfica relevante sobre las infancias en México:
Según datos del Censo de Población y Vivienda, en 2020 residían en México 25.2 millones de personas de 0 a 11 años; los cuales representaban el 20% del total de personas en territorio mexicano (126 millones). Su distribución por sexo fue 12.4 millones de niñas (49.3%) y 12.8 millones de niños (50.7%). (INEGI, 2022).
Está población infantil está sometida a un conjunto de presiones estructurales y violencias sociales, culturales, económicas y políticas que afectan a México en términos estructurales y a la institución que es y ha sido su espacio de protección, desarrollo y crecimiento: La familia. Diversas investigaciones aluden al impacto multifactorial de diversos fenómenos en la estructura familiar: Violencias criminales, violencias políticas, violencias estructurales, catástrofes naturales:
Factores como violencia intrafamiliar y de generó, desnutrición, pobreza, explotación sexual comercial, narcotráfico, consumo de drogas, migraciones, entre otros, exponen a los niños y sus familias a una situación de mayor vulnerabilidad. (Pérez y Vargas, 2023).
En este tenor, en las últimas décadas la estructura familiar ha tenido que soportar cambios societales que han modificado su articulaciones de integración internas, fenómenos como la movilidad humana /migración internacional; la expansión del crimen organizado; la feminización del trabajo, las reformas neoliberales, la violencia y la pandemia del Covid-19, castigaron severamente a los sectores más excluidos de nuestras sociedades, por poner un ejemplo, según datos de la revista Lancet, México fue el país con mayor número de huérfanos en la región como consecuencia de la pandemia antes mencionada, al respecto un artículo publicado por la prestigiosa revista The Lancet señala:
En 21 países, estimamos que, para el 30 de abril de 2021, 862,365 niños quedaron huérfanos o perdieron la custodia del abuelo debido a muerte asociada a COVID-19. De estos, 788 704 niños quedaron huérfanos de madre, padre o ambos, y la mayoría perdió a uno de los padres; además 73,661 perdieron al menos un abuelo con custodia; y 355,283 perdieron al menos un abuelo o un pariente mayor. Los países con mayor número de niños huérfanos, que perdieron a sus cuidadores principales (padres o abuelos custodios), en abril fueron Sudáfrica, Perú, Estados Unidos, India, Brasil, y México, con un número de niños que iban de los 94,625 a 141,132” (Hillis, et., al, 2021: 395).
Asimismo, tenemos el fenómeno de la violencia criminal, el cual se ha desarrollado de manera exponencial en México desde el 2006 en adelante, uno de los lugares más golpeados por este fenómeno ha sido el estado de Guerrero y específicamente el Puerto de Acapulco:
A lo largo de la última década, el padecimiento de la violencia crónica en México ha empeorado. En 2021 se registraron 35,625 homicidios intencionados, representando una tasa de 28.37 por cada 100,000 habitantes a nivel nacional (…). A este número se suman más de 100,000 personas desaparecidas y el hallazgo de más de 4,000 fosas clandestinas en los últimos años, todo en un contexto de impunidad alarmante donde únicamente se han dictado 35 sentencias en relación con las desapariciones (Strickland, 2022: 1).
Las cifras expuestas y sus impactos diferenciales en nuestras instituciones son contundentes, pero básicamente hay dos instituciones que han sido afectadas profundamente: El Estado y la familia, lo que nos deja consecuencias des estructurantes en la infancia tanto a nivel micro (la familia) y a nivel macro (el Estado). Ante la descomposición generada por los factores ya expuestos, el Estado se readecua mediante políticas públicas y las familias también, pero es un proceso de largo alcance, es desde este contexto en dónde a fines del mes de noviembre del 2022, el Sistema de Desarrollo Integral Familia (SNDIF) Guerrero, presento el programa estatal “Familias de acogida”, desarrollado en conjunto con la UNICEF México, cuyo objetivo central fue definido de la siguiente manera:
Integrar a niños, niñas y adolescentes al núcleo de una familia temporal en tanto se vinculaban definitivamente con su familia de origen u otra familia extensa (Nieves, 2022).
Como mencionamos en los párrafos previos, la familia en México se encuentra atravesando una serie de problemas que apartan a los niños, niñas y adolescentes de sus núcleos familiares, llevándolos a vivir una infancia en condiciones muy dura en dónde:
La violencia provoca daños irreparables en el desarrollo de los niños marcándolos de por vida (…). En México, hay una dura realidad para el 52.8% de las niñas, niños y adolescentes de entre 1 y 14 años, pues han experimentado métodos de disciplina violenta (manazos, nalgadas) en sus hogares (UNICEF, 2021:39).
En este sentido es fundamental indagar en las causas del fenómeno, las cuales según nuestra encuesta son las siguientes:
Ver Gráfico 2. ¿Cuáles son las causas de las infancias sin familia?

Una vez identificadas las causas, ya nos sólo podemos hablar de violencias físicas y psicológicas, sino de ejes estructurales, de contextos concretos en donde las infancias se desarrollan, bajo dinámicas de exclusión y desigualdad que generan violencias sociales y económicas. En esta dirección, según datos del INEGI y del UNICEF, la población de niñas, niños y adolescentes (en adelante NNA) en México es de aproximadamente 40 millones de individuos:
De ese total, 21 millones viven en pobreza; 4 millones no asisten a la escuela; cada día mueren tres de ellos víctimas de la violencia; una de cada cinco personas desaparecidas, pertenece a este sector de la población y cada 30 minutos uno de ellos llega al hospital por lesiones causadas de manera intencional (CNDH, 2022).
Las distintas clases de violencias han afectado a las poblaciones más vulnerables de la sociedad mexicana, sobre todo a la ubicada en los centros urbanos caracterizados con los más altos índices de violencia generadas por la delincuencia organizada, la cual se ha convertido en un fenómeno estructural y estructurante. Según el “Estudio, Niñas, niños y adolescentes víctimas del crimen organizado en México”, del 2022, elaborado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), se calculó que entre los años 2006 y 2010, la violencia criminal generó un aproximado de 30 mil niños huérfanos, numeral que deducimos se ha incrementado debido al aumento correspondiente de la violencia criminal.
Desde esta coyuntura, la presente investigación sostiene que la violencia influye positivamente en la desarticulación de la familia y por consiguiente afecta los derechos a la infancia y específicamente en Acapulco. Por ello es importante examinar este fenómeno a través del tamiz teórico de la ciudadanía. Desde este enfoque hay que visualizar a las NNA, como un “sujeto de derecho” o en “sujeto en busca de derechos”. (Luque, 2007: 124).
Esta idea la discutiré en el siguiente apartado. Pero hay quienes teorizan sobre la ciudadanía desde la idea de vida activa de Arendt, proponen que la ciudadanía como una herramienta etnográfica desde las cuales observar, el desempeño del derecho a tener derechos, así que la:
Ciudadanía es entendida no sólo como un campo procedimental e institucional, sino también como un espacio en constante redefinición y disputa por los derechos”, en donde hay que señalar la existencia de dos sentidos para concebir la idea de la ciudadanía del Estado hacia la sociedad y de la sociedad al Estado (Luque, 2007: 32).
Esto nos permite ubicar a las infancias como como sujetos de derechos. En dónde el Estado debe desempeñar un rol tutorial para reconocer y garantizar a los NNA su derecho a la familia y en consecuencia debe implementar las políticas públicas correspondientes a partir del entendimiento que son sujetos de derechos:
Este reconocimiento se acompaña del establecimiento de un deber por parte de los Estados de protección especial y reforzada hacia ellos y ellas, del cual se deriva el principio del interés superior del niño que supone la obligación de los Estados de adoptar decisiones y de priorizar las intervenciones que favorezcan la realización de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como su protección (CIDH, 2017: 11).
En resumen, el Estado a partir del principio “del interés superior del niño”, está obligado a diseñar e implementar las medidas y políticas públicas que hagan realidad está urgente necesidad. Pero el problema es que en el Estado de Guerrero tenemos un Estado que funciona a medias, funciona mal, es un Estado fallido o en el mejor de los casos es un Estado “zombi”.
La ciudadanía es una conjunción de tres aspectos esenciales, el primero, relativo a la posesión de derechos y deberes, estos pueden incluir derechos civiles como la libertad de expresión, políticos como el derecho a votar y ser votados y los sociales como el derecho a la salud y a la educación, asimismo implica cumplir con ciertos deberes como el pago de impuestos; el segundo de los elementos es la pertenencia a una comunidad política determinada lo cual está vinculado generalmente con la nacionalidad de las personas; y, por último la participación política que conlleva a que los ciudadanos contribuyan en la vida pública de la sociedad a la que pertenecen (García y Lukes, 1999: 1). Existen otras teorías que definen la ciudadanía desde perspectivas más complejas, Los defensores de la dimensión social de la ciudadanía reclaman una figura de ciudadanía que garantice una igualdad social básica, pero que requiere el reconocimiento y garantía de los derechos civiles, políticos y sociales para su realización, estos derechos aseguran, fueron avanzando a lo largo de las décadas pero fueron cuestionados y suprimidos por las reformas neoliberales desde el año 1973 en adelante, así se produjo una desconexión entre los derechos civiles, que son las libertades que protegen a los ciudadanos de arbitrariedades por parte del Estado, tanto en su vida privada como en su libertad de expresión, de pensamiento, religiosas entre muchas otras, estos derechos civiles son los que en teoría garantizan la igualdad que hay ante la ley, sin embargo, esto no garantiza que haya igualdad dentro de las decisiones políticas, por citar un ejemplo; anteriormente las mujeres tenían algunos derechos civiles como los tenían los hombres, pero aun así se les negaba el derecho de votar y ser votadas, lo cual las excluía de la participación en la creación de las leyes y legislaciones. Con forme avance del tiempo se les reconocieron los derechos políticos, como el derecho a votar, aunque significara un avance en la igualdad de participación política, aún se encuentran desigualdades sociales. Lo que quiero decir es lo siguiente: Las reformas neoliberales dañaron la capacidad integrativa de los derechos de la ciudadanía e impusieron clivajes de exclusiones basados en el género, la clase, la etnicidad y en la edad, siendo este fundamental en las exclusiones sistémicas que sufren las infancias, al fin de cuentas las infancias no votan.
Así la ciudadanía social que debiera ser el espacio de los derechos de las infancias ya que contempla prestaciones esenciales como los derechos a la salud y a la educación, derechos buscan achicar las desigualdades económicas y garantizar para todos los ciudadanos bienestar adecuado, se desconectan del accionar real de las infancias y quedan como letra muerta de nuestras constituciones ya que no pueden garantizar los derechos sociales, para que todos los ciudadanos puedan vivir una vida digna en igualdad con los estándares de la sociedad.
En este sentido, “el objetivo de la ciudadanía es garantizar la dignidad humana” (Fraser, 1997), queda opacado ante factores como la violencia y la desintegración social, lo cual repercute en el objetivo de una ciudadanía plena donde se ponderen los principios como la no discriminación, el principio del interés superior del niño, el principio de la vida, la supervivencia y el desarrollo y el principio de inclusión y participación, los cuales deben ser en teoría garantizados por el Estado y la sociedad.
Desde esta perspectiva de los derechos de las infancias, el principio de la no discriminación nos dice que “independientemente de nuestra raza, color, sexo, nacionalidad, idioma, religión y origen étnico nacional o social todas y todos tenemos derecho a recibir un trato igualitario” (Artículo 1 de la CERD) de modo que esta garantía sea el vínculo entre la ciudadanía plena y el respeto de los principios ya mencionados los cuales además por su interdependencia no se deben de aplicar sin tener en cuenta a los demás.
Fenómenos como el desplazamiento forzado, violencia intrafamiliar, y recientemente la pandemia generada por la COVID 19, influyen en la exclusión de una ciudadanía efectiva, que sea basada en los derechos civiles, políticos y sociales de los cuales son sujetos los niños, niñas y adolescentes, realizando acciones en pro de una sociedad más comprometida en proporcionar la ciudadanía plena encaminada a generar cambios que sean efectivos para todos y todas ya que como menciona Hannah Arendt (1998) “la ciudadanía es el derecho a tener derechos”.
Los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos ha sido reconocidos a nivel internacional en diversos tratados internacionales donde se establecen derechos humanos, con la adopción de la Convención sobre Derechos del Niño en 1989, comienzan a reconocérseles derechos a las infancias, derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales a todos sin ninguna discriminación, con la implementación de este tratado se establecen principios fundamentales, como el derechos a la vida, a la salud, educación, a la no discriminación, al nombre, entre muchos otros, la CDN reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, destacando la importancia de proteger y promover su sano desarrollo integral, como parte de los países que han ratificado la Convención sobre Derechos del Niño (en adelante CDN) se compromete a la protección y garantía de los derechos de los NNA, que se encuentran dentro de su territorio nacional, por lo tanto, desde la ratificación en 1990, México ha incorporado los principios de esta convención a las normas y legislaciones nacionales y en la implementación de políticas públicas relacionadas con los derechos de las infancias.
El reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos ha sido un gran aporte para el reconocimiento y garantía de los derechos humanos de las infancias, pues por ello se han podido implementar políticas y programas sociales encaminados hacia estos sectores vulnerables de la población para la realización y garantía del bienestar y desarrollo de todas las esferas de la vida. Sin embargo, todos estos aportes han entrado en crisis producto del impacto de la globalización y del neoliberalismo que han disminuido al Estado en sus capacidades integradoras y en su relación con el otro importante: La ciudadanía como espacio articulador de los derechos de las infancias. Así que es hora de volver a las teorías de las ciudadanías. Por otra parte, es hora de preguntarnos:
Ver Gráfico 3. ¿Quién debe cuatelar el derecho de las infancias a una familia?

A modo de resumen, esta nueva época de modernidad representa si, una sociedad más fluida, en movilidad y en cambio constante, donde las estructuras y normas anteriores han sido desplazadas, esto ha llevado a una mayor sensación de inseguridad y falta de compromiso en las relaciones laborales, culturales y sociales, tanto que se ha afectado la forma en que se relaciona la democracia y justicia en esta nueva sociedad contemporánea.
Al paso del tiempo fueron surgiendo varios conceptos de ciudadanía, los cuales han cambiado considerablemente, sin embargo, todos estos conceptos tienen un común denominador, determinar que la ciudadanía no es más que el cúmulo de derechos que se les ha ido cediendo a los ciudadanos al pasar del tiempo, como los derechos civiles, políticos y sociales en los que se basa el desarrollo de una sociedad, los cuales no están a expensas del cambio y la evolución.
Conceptualización de la infancia y la familia y sus conexiones con la realidad
La infancia y su conceptualización ha sido abordada desde diferentes disciplinas, cada una tiene su propia definición de infancia y la importancia que tiene dentro de la sociedad, en un estudio Philippe Aries (1985), afirma que, en la antigüedad la niñez era considerada como parte de la comunidad y al igual que los adultos compartían algunas actividades como el juego y la educación.
Así mismo, partir del siglo XVII, la niñez es percibida como dependientes de los adultos, principalmente en cuanto a actividades hacia las madres y cuidadoras, como el cariño, el amor y el cuidado, esta idea refleja la dependencia moral del infante hacia el adulto y lo reconoce heterónomo.
Al mismo tiempo surge el interés por la niñez, este interés reconoce al infante como objeto de estudio y normalización, siendo los maestros y la escuela los sujetos destacados en ello (Aries, 1986). Pero estas afirmaciones no fueron muy aceptadas en varias disciplinas, como la historia, la psicología histórica, la demografía y la pedagogía, pues ha habido desacuerdos, en lo que sí están de acuerdo dichas disciplinas es, en considerar que la infancia tiene características específicas y que estás deben ser concebidas independientes de los adultos, en que la niñez debe ser observada como objeto de estudio para los expertos y que tienen que ser atendidos tanto en casa con la familia, como en instituciones, donde puedan ser cuidados y protegidos, es por ello que la escuela se convierte en el lugar para la educación y la atención.
Ahora bien, en la actualidad surge una nueva forma de concebir la infancia que según el autor, se divide en “infancia hiperreal izada e infancia desrealizada” (Narodowski, 2013), esta nueva conceptualización moderna de “infancia hiperrealizada” la cual muestra “niños conectados 24 horas al día a los diversos dispositivos al que tienen acceso” (Narodowski, 2013) señala una niñez con total aceptación por los aparatos y medios electrónicos, los cuales les permiten adquirir de manera inmediata la información que requieren en el momento que lo requieran, donde la infancia está preparada para un futuro en que la tecnología es su medio vital y donde cuentan con el respaldo de instituciones como la escuela que la promueven.
De otro lado, la “infancia desrealizada” (Ibidem, Narodowski, 2013) muestra el otro contexto de una sociedad, donde la niñez vive el presente, con una incertidumbre del futuro, en este sector se encuentra la infancia que vive con carencias y en la pobreza, mismo que se extiende a su entorno y familia, donde la gran mayoría de veces las responsabilidades de educación y salud son asumidas por instituciones debido al contexto en el que viven.
La palabra familia ha sido definida por diversos autores sin que se haya logrado establecer un solo criterio. Para algunos, deriva del latín “famŭlus”, que significa "siervo, esclavo", para otros del latín “familiae”, que significa "grupo de siervos y esclavos patrimonio del jefe de la gens" y para otros, deriva del latín “fames” que significa hambre o conjunto de personas que se alimentan juntas en la misma casa y a los que un “pater familias” tiene la obligación de alimentar. (Oliva y Villa 2014: 12).
De acuerdo con Tuirán y Salles, la familia es la célula fundamental de la sociedad constituida por relaciones sociales de naturaleza intima, allí conviven e interactúan personas emparentadas, de género y generaciones distintas; en su seno se construyen fuertes lazos de solidaridad, protección, compañía y seguridad, se definen obligaciones, responsabilidades y derechos de acuerdo con las normas culturales, la edad, el sexo y la posición en la relación de parentesco de sus integrantes (Gutiérrez, Díaz y Román, 2016).
Desde una perspectiva interdisciplinaria la familia está constituida por un grupo de dos o más personas que coexisten como unidad espiritual, cultural y socioeconómica, que aún sin convivir físicamente, comparten necesidades psico-emocionales y materiales, objetivos e intereses comunes de desarrollo, desde distintos aspectos cuya prioridad y dinámica pertenecen a su libre albedrío: psicológico, social, cultural, biológico, económico y legal. (Oliva y Villa 2014: 17).
En la legislación mexicana, la familia constituye el eje central de la vida social y se encuentra protegida a través del artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece “La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia”; lo que implica que las normas, instituciones y los servicios deben estar encaminados a garantizar el bienestar y desarrollo social, cultural y económico de las familias.
Por su parte, la Ley general de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artículo 4, fracciones X, XI, XII Y XIV clasifica a la familia en cuatro tipos; de origen, extensa o ampliada, de acogida y preadoptiva. La primera es aquella que puede estar compuesta por el padre y la madre e hijos o únicamente estar constituida por uno de los padres y sus hijos (familia monoparental); la segunda, está conformada por los ascendientes de niñas, niños y adolescentes en línea recta sin limitación de grado, y los colaterales hasta el cuarto grado; la familia de acogida es aquella que cuenta con la certificación de la autoridad competente y que brinde cuidado, protección, crianza positiva y la promoción del bienestar social de niñas, niños y adolescentes por un tiempo limitado y; la familia preadoptiva, es la que acoge provisionalmente en su seno a menores con fines de adopción, y que asume todas las obligaciones en cuanto a su cuidado y protección.
El estudio de los derechos del niño surge a raíz de la declaración de Ginebra de 1924, misma que, a pesar de no tener efectos vinculantes para los Estados ni de reconocer expresamente al menor como sujeto de derechos, constituye un precedente importante al expresar la preocupación de la comunidad internacional respecto de la situación de la niñez, pues en la inteligencia de que el menor no puede exigir por sí mismo la satisfacción de sus necesidades y obtener los valores que les son debidos, este documento le impone a los adultos el deber de darle al niño “lo mejor que pueda darle”, lo que se traduce en la responsabilidad de alimentar, educar, cuidar, atender, sanar, acoger, proteger y ayudar a todo infante, sin discriminación, a saber:
Por la presente Declaración de los Derechos del Niño, llamada Declaración de Ginebra, los hombres y mujeres de todas las naciones, reconociendo que la humanidad debe dar al niño lo mejor de sí misma, declaran y aceptan como deber, por encima de toda consideración de raza, nacionalidad o creencia, que: 1.) El niño debe ser puesto en condiciones de desarrollarse normalmente desde el punto de vista material y espiritual. 2.) El niño hambriento debe ser alimentado; el niño enfermo debe ser atendido; el niño deficiente debe ser ayudado; el niño desadaptado debe ser reeducado; el huérfano y el abandonado deben ser recogidos y ayudados. 3.) El niño debe ser el primero en recibir socorro en caso de calamidad. 4.) El niño debe ser puesto en condiciones de ganarse la vida y debe ser protegido de cualquier explotación. 5.) El niño debe ser educado inculcándole el sentimiento del deber que tiene de poner sus mejores cualidades al servicio del prójimo.
La importancia de este documento jurídico radica en que sirvió de base para que en 1948 y 1959, la Organización de Naciones Unidas aprobara, respectivamente, las Declaraciones de los Derechos del Niño, en las que se plasmaron los esfuerzos internacionales por reconocer a las y los niños como sujetos de derechos. Estos instrumentos, a su vez, motivaron el surgimiento de la Convención Sobre los Derechos del Niño de 1989, la cual constituye “la primera ley internacional” obligatoria que reconoce a través de sus 54 artículos que todos los niños “sin importar quiénes sean, dónde vivan, la lengua que hablen, cuál sea su religión, su modo de pensar o su aspecto; si son niñas o niños, si tienen una discapacidad, o son ricos o pobres; y sin importar quiénes sean su padre, su madre y sus familias, ni lo que estos crean o hagan” tienen derechos, entre otros, a la vida, a la paz, a la supervivencia, a la identidad, a vivir en familia, a la identidad, a la no discriminación, a vivir en condiciones de bienestar, al sano desarrollo, a una vida libre de violencia, a la salud y seguridad social, a la educación, a la alimentación, a la libertad de expresión y de acceso a la información.
La hipótesis que motivo la presente investigación se confirma con los hallazgos realizados, las violencias que viven los acapulqueñas/as delimitan las capacidades estatales construidas para atender a la infancia afectada por este fenómeno social y viceversa, se denota un amplio retroceso del Estado y de sus capacidades para atender los problemas de la infancia y el derecho de estas a contar con una familia.
En este sentido estamos ante un problema estructural ay que las únicas maneras de garantizar el derecho de las infancias a una familia pasan por contar con un Estado fuerte. En esta perspectiva los problemas que dieron origen a la presente pesquisa se amplificaran, el Programa Nacional de Familias de Acogida que se implementó en Acapulco desde el 2022, continuara sin funcionar ya que las familias que se acercan al DIF buscan la adopción definitiva adoptar, no saben de la figura del acogimiento o sencillamente no les interesa porque esas familias no están buscando ser una familia de acogida temporal, asimismo en las reglas de operación no se establece el proceso ni los requisitos para que una familia pueda ser apta de dar acogida temporal, ni tampoco se establece que autoridad es la competente para certificar a estas familias. Lo que genera un vacío institucional. En conclusión, el Estado no tiene capacidades para garantizar a la infancia el derecho a la familia.
Este recurso propone una orientación y clasificación superficial de los recursos documentales utilizados por el artículo. Permite a los equipos editoriales conocer el comportamiento documental de sus artículos y a las personas autoras reconocer las tipologías que sustentan la investigación.
Estadísticas automáticas derivadas del marcado interno del XML-JATS. No son métricas de impacto. Lea estas estadísticas con prudencia porque la automatización puede provocar errores o no contemplar al 100 % la realidad de esta publicación.
Su propósito es promover una mejora en las prácticas de marcado de los artículos de las revistas científicas y motivar una preocupación cada vez más exhaustiva por el cumplimiento de las mejores prácticas editoriales.
Indicadores extraídos automáticamente desde el XML-JATS (heurísticos) que funcionan como base para sostener mejores prácticas. No omita que siempre la revisión y confirmación debe ser humana. Use estos indicadores como señales y no como evaluaciones.