
Multiculturalidad e inclusión en México. Los pueblos originarios de Guerrero
Multicultural Citizenship and Intellectual Property Rights: Indigenous Women Embroiderers in Latin America and Guerrero
Mainmakua’ipalaa jee kekerotia apashii yayaa Meejiko. Na wayuukanairua cheje’ewoliikana Guerrero
Este libro trata acerca de la multiculturalidad del Estado de Guerrero para después proyectarse a todo México. Reflexionando acerca de su diversidad cultural étnica y cómo la democracia en una sociedad plural y diversa como la mexicana da cabida a los pueblos originarios todo ello desde una perspectiva multidisciplinaria y rompiendo con los cánones liberales propuestos a mediados de la década de los noventas del siglo pasado (Kymlicka, 1996).
El autor, Justino Lozano Alvarado, analiza, cómo la democracia representativa en una sociedad plural y diversa como la mexicana da cabida a los pueblos indígenas. Explicando cómo el régimen democrático considera la integración en el espacio legal y político de los indígenas, que en tanto identidades étnicas diferenciadas del resto mayoritario de la nación han sido históricamente marginados, discriminados, y excluidos por el Estado, construyendo una mirada inclusiva sobre la democracia y cuestionando la teoría democrática desde un caso subnacional latinoamericano (Cheresky, 2006 y O’Donnell, 2010).
En este sentido, como marco explicativo se utilizaron dos variables: el marco legal (constituciones políticas), y el sistema democrático, a partir de la conjunción de estas variables -el espacio jurídico, el espacio democrático- se valoraron los niveles de inclusión de los pueblos indígenas y por ende el tipo de calidad democrática.
Revisó las distintas formas de integración-asimilación al Estado-nación en los períodos colonial, independiente y posrevolucionario. En este marco histórico el dominio colonizador no logra asimilarlos, y el estado liberal independiente que desarrolla formas y estrategias de integración por medio de la asimilación y expropiación de grandes extensiones de tierras comunales, los derechos no sólo fueron negados sino prácticamente ignorados por las pretensiones de homogeneización nacional con base a una libertad e igualdad abstracta y con ello la ciudadanía de los pueblos fue prácticamente negada.
Menciona que en el nuevo Estado surgido de la revolución mexicana y su Constitución Política de 1917 se ignora a los indígenas. Cuestión que perduró hasta que se reforma la constitución política en 1992-2001, donde se modifican el artículo 4º, y el 2º respectivamente, en los cuales México se reconoce como pluriétnico y se otorgan relativamente algunos derechos de autonomía. Al definirse constitucionalmente como pluricultural y pluriétnico se compromete con el reconocimiento de la diversidad cultural y su inclusión democrática, es decir, con la superación de ese largo proceso asimilacionista.
La concepción, de igualdad y pluralidad, se sostiene desde el liberalismo democrático como un orden insuficiente para reconocer derechos colectivos diferenciales y específicos de los pueblos originarios mexicanos. Lo anterior permite argumentar que la democracia mexicana, que se precia plural e incluyente, requiere de cambios sustanciales tanto en el régimen legal como en el sistema político para considerar a la ciudadanía indígena o cultural a la vida pública nacional en condiciones de igualdad de derechos y participación.
Pues si bien se reconocen derechos autonómicos, que de cierta manera permiten elecciones por usos y costumbres en muy pocos municipios de país, no se abre el sistema, a nivel estatal y federal, a la integración plural de cámaras legislativas y gobiernos más que desde su concepción individualista y no permite el acceso de la representación de culturas diferentes. En esta medida la participación y representación indígena queda constreñida a localidades y excluida de esos niveles.
La pregunta es, si la democracia como la conocemos ofrece los principios, instituciones y actores necesarios para incluir a los indígenas, la solución parece encontrase en la negociación, en el diálogo intercultural, en la gestión sobre las vías de acceso al poder político en condiciones de igualdad. La inclusión tiene que ver más en cómo la democracia a través de sus instituciones, mecanismos y procedimientos puede hacer posible no solo teórica sino prácticamente el reconocimiento de la diversidad y pluralidad de su sociedad, sobre la base de la creación de condiciones para la tolerancia, la igualdad y la justicia hacia los grupos étnicos y así transitar de un Estado-nación a uno multicultural.
México, muy lentamente, ha producido cambios en esa dirección, en 1992 se declara como una nación pluriétnica y se reconocen en el 2001 una serie de derechos para los pueblos indígenas. Sin embargo, en estas dos reformas constitucionales en sus artículos cuarto y segundo respectivamente no quedan reflejadas las demandas centrales de las organizaciones y movimientos indígenas que ven sus reclamos de autonomía y derechos colectivos considerados a un nivel general y relegados a modificaciones por hacer en las legislaturas locales.
En esas reformas constitucionales, los indígenas de México permanecen bajo la protección del estado, por lo que no hubo cambios sustanciales que permitieran otorgarles derechos colectivos, no solo derechos individuales, sino como pueblos, y en consecuencia reconocimiento como los otros, como una ciudadanía a la que se le extienden en el espacio constitucional personalidad jurídica, como grupo, con la facultad de decidir, exigir e intervenir de manera independiente en la vida pública. Derechos como nacionales, que forman parte de la constitución jurídico-política de un Estado y una nación, y no se reconoció su presencia como pueblos en el mosaico pluriétnico, sino su incorporación como parte activa de un todo diverso y heterogéneo llamado México, negando su capacidad para que, con su autonomía e independencia, su cultura y formas de organización, participen y también decidan junto con el estado como resolver los problemas que les atañen.
Se dista mucho de una puesta al día de una ley en materia de derechos y cultura indígena en México, que incorpore derechos colectivos reconocidos internacionalmente que permitan avances en la solución de las demandas como las legítimamente planteadas por esas identidades étnicas organizadas y movilizadas -como las del (EZLN).
El principal precedente, de los procesos de desarrollo de ciudadanía de esta índole, es que la globalización, las reprivatizaciones junto a las transformaciones del Estado, el mercado y la sociedad civil, han producido profundos cambios en la acción colectiva de los pueblos indígenas, en especial en las mediaciones entre comunidad, el plano nacional y el internacional. Como consecuencia de esto, las estrategias políticas de los movimientos y organizaciones indígenas se estructuran de distintas formas, pero se expresan y simbolizan a partir de códigos compartidos que les imprimen unidad discursiva.
En el análisis del Estado-nación, se contempla la revisión de las distintas tradiciones el liberalismo democrático y el multiculturalismo que ofrecen diversos caminos teóricos y dos concepciones para integrar a la diversidad cultural al Estado con la democracia; el post-liberalismo que desde el cuestionamiento de esa tradición plantea la construcción plural del Estado democrático, que básicamente ve las diferencias desde la profundidad de una misma cultura y no conciben la diferencias y pluralismo entre culturas -como lo ven los multiculturalistas- en condiciones de igualdad, sino desde el principio de igualdad individual que se concreta en el ciudadano. Son dos vías de la integración plural para la diversidad, que como polos se considera, que se alejan de su utilidad práctica en la solución de los problemas que plantea el reconocimiento y aceptación del otro en la vida pública, por el contrario, una tercera vía se presenta como opción que potencie la gestión del diálogo intercultural (Sandoval, 2012).
El lector encontrará en este texto, respuestas a partir de la visualización de los pueblos indígenas del estado de Guerrero y a la luz de dos proyectos de inclusión y participación política de los pueblos de la montaña, con lo que se afirma que cada vez toma más fuerza la conformación de una ciudadanía cultural como concepto y como realidad.
Guerrero es, desde esta perspectiva expuesta, una parte donde se visualiza el problema de integración política de la diversidad, y se concluye que a partir del reconocimiento de la diversidad cultural en el Estado de Guerrero se configura, a nivel constitucional, un instrumento legal con derechos colectivos para los pueblos indígenas, aunque limitados y acotados hacen de la sociedad y del propio estado entes plurales, una sociedad culturalmente diversa y un Estado pluriétnico y pluricultural, y que para los pueblos ñomdaa, tu na savi, mephaa, nahuas y sus comunidades que los conforman, en tanto sujetos de derecho público, se abre la posibilidad de ejercer y mejorar sus niveles de protección y promoción de sus culturas, así como desde su autonomía que con toda legalidad y legitimidad les permite autogobernarse y también decidir colectivamente su participación en la vida pública del estado de Guerrero.
Y así como identidades culturales y en ejercicio de sus derechos colectivos, estarán en mejores posibilidades de introducir los cambios que desde su cosmovisión y proyecto de etnicidad consideren convenientes al gestionar interculturalmente su integración, en condiciones de igualdad y justicia, a un Estado que como se ve tiene pocas intenciones de diálogo con los pueblos originarios, mucho menos con movimientos indígenas que lo reclaman.
Para los indígenas de Guerrero existen tres proyectos de integración, el indigenista, el de la UPOEG y el de la CRAC-PC (Santiago e Illades, 2019). El Primero es el de seguir, desde el Estado, con negaciones y regateos los derechos de los indígenas y con las mismas políticas paternalistas de asistencia social, como los más recientes programas desde SOLIDARIDAD, hasta PROSPERA y SIN HAMBRE, y con una modalidad del otrora indigenismo posrevolucionario, ahora el indigenismo tiene rostro de neoliberal, su modelo económico es apropiarse agresivamente de los territorios, tierras y recursos naturales de los pueblos originarios –las zonas mineras y acuíferas de Guerrero son su objetivo.
El Proyecto de la UPOEG que plantea la vía de integración política, con la participación de los pueblos originarios en procesos democráticos, a través de elecciones por usos y costumbres en municipios indígenas y finalmente la CRAC-PC con un proyecto identitario de los pueblos indígenas, que desde su autonomía resiste y lucha por sobrevivir y seguir por la justicia y dignidad de los pueblos y cambiar no por la vía institucional la situación de los pueblos indígenas de Guerrero.
Finalmente, es importante mencionar los aspectos epistémicos de carácter occidental, como son los conceptos de democracia, ciudadanía, etnicidad, Estado Nación, integración, indigenismo, multiculturalismo, entre otros, los cuales limitan el análisis al circunscribir tanto el contexto como la propia existencia marginal de los llamados pueblos originarios. Al parecer también dicha perspectiva limita la percepción analítica de los pueblos de Guerrero en México, en el sentido de no concebir relativamente las propias epistemes de los pueblos, de como se conciben así mismos, a sus territorios, y a su derecho consuetudinario, de tal forma que querer concebir la democracia directa como la forma de vida legal de las comunidades y al sistema de partidos del régimen como democracia representativa, sin considerar los aspectos de la resistencia no solo cultural de los pueblos a la opresión, al exterminio, al despoblamiento, a la injusticia, etc.
Así que el memorial de agravios, se convierte en el incentivo de resistencia no solo para la sobrevivencia sino para trascender históricamente las fases por las que el colonialismo y el neocolonialismo les ha impuesto, de tal manera que al no considerarse la decolonización, el análisis queda limitado a la concepción eurocentrista del Estado nación, el cual ha demostrado ya, por siglos, que no va a auto concebirse como un ente social incluyente como Estado multinacional, más que en los términos del liberalismo y del neoliberalismo.
Referencias bibliográficas
Cheresky, I. (2006). Ciudadanía, sociedad civil y participación política. Miño y Dávila. Argentina.
Kymlicka, W. (1996). Ciudadanía cultural. Paidós, España.
O’Donnell, G. (2010). Democracia, agencia y estado. Teoría con intención comparativa. Editorial Prometeo, Buenos Aires Argentina.
Sandoval Forero, E. A. (2012). Estudios para la Paz, la Interculturalidad y la Democracia. Ra Ximhai, 8 (2), 17-37.
Santiago, T., & Illades, C. (2019). La guerra irregular en Guerrero, 2007-2017. Relaciones. Estudios de Historia y Sociedad, 40 (157), 249-275. https://doi.org/10.24901/rehs.v40i157.363
Biodata
Marlén Castro Pérez: Activista feminista y comunicadora social, es licenciada en Ciencias de la Comunicación, Maestra en Estudios Socio territoriales y Doctora en Ciencias Sociales por la Universidad Autónoma de Guerrero, actualmente se desempeña como Profesora Investigadora de la misma casa de estudios, dentro de su destacada actividad como periodista y feminista es actualmente coordinadora del medio digital Amapola periodismo transgresor. Además, fue Premio Internacional de Periodismo Proceso 2011 y Premio Estatal de Periodismo en Guerrero 2024. Una de sus últimas publicaciones es: Discriminación, racismo y memoria histórico, capitulo publicado el 2020, en el libro “El racismo en contexto: Espacios y casos latinoamericanos”, publicado por Miguel Ángel Porrúa, y coordinado por Ana María Cárabe, Eduardo Luis Espinosa y Federico Sandoval Hernández.